El Tribunal de Distrito de Haifa rechazó ayer la petición de la Fiscalía del Estado israelí de que se dictara una orden de detención administrativa de tres meses para Sadeen Jabareen, profesor de 29 años, ciudadano palestino de Israel y residente en Umm Al Fahem, que fue detenido por el Servicio General de Seguridad el  pasado 3 de abril y ha estado siendo investigado y detenido durante los últimos 16 días, y aprobó sólo la detención de dos semanas.

La detención administrativa -sujeción en base a información secreta, sin cargos ni juicio- se utiliza con frecuencia para detener a los residentes palestinos del Territorio Palestino Ocupado (TPO); en la actualidad hay unos 500 palestinos en detención administrativa, entre ellos menores de edad. Más recientemente, el Estado ha utilizado esta medida draconiana para detener a ciudadanos palestinos de Israel.

En su solicitud, la Fiscalía del Estado alegó que se había presentado información confidencial al Tribunal, que supuestamente indicaba que Jabareen apoya a una organización terrorista y tiene acceso a armas. Además, el Estado alegó que Jabareen “es conocido como alguien que anima a otros a llevar a cabo actividades terroristas, así como actividades en la mezquita de Al-Aqsa en Jerusalén”.

El equipo de defensa legal que representa a Jabareen y que está encabezado por el director general de Adalah, Hassan Jabareen, e incluye al abogado de Adalah, Adi Mansour, y al abogado particular, Ahmed Khalifa, argumentó que las pruebas presentadas sólo demuestran que Jabareen intentó organizar autobuses para los fieles que acudían a Al Aqsa con el fin de rezar, una actividad legítima y legal.

Este acto es un ejercicio de la libertad religiosa, un derecho constitucional, argumentaron.

El equipo argumentó además que, dado que este caso se refiere a la expresión de los derechos políticos y la libertad religiosa y no a ninguna actividad ilegal, no hay justificación legítima para aprobar la orden de detención administrativa.

Tras una vista, el tribunal decidió aprobar la orden de detención administrativa sólo durante dos semanas, los días que quedan del Ramadán, y rechazó la petición de la Fiscalía del Estado de una orden de detención de tres meses.

El tribunal sostuvo que no había justificación para aprobar la orden por un periodo más largo y que, aunque no consideró necesario revelar pruebas secretas, cree que el derecho penal, y no el derecho administrativo, es la vía adecuada para abordar delitos de esta naturaleza. Además, dictaminó que, si bien aprobaba una orden de detención de dos semanas, recomendaba a la Fiscalía del Estado que considerara la posibilidad de acortar el período de detención y examinara otras alternativas proporcionadas.

Adalah y el abogado Khalifa respondieron: “No vemos ninguna justificación para la detención en este caso ni en el uso de la detención administrativa, una herramienta excepcional y extrema que, en este caso, socava la actividad religiosa legítima y legal. Sin embargo, la negativa del Tribunal a aprobar una orden de detención administrativa de tres meses es una sentencia que sienta un precedente. Es un logro jurídico en la materia, especialmente porque el tribunal dictaminó que la detención administrativa se utilizará en circunstancias excepcionales y no de forma rutinaria, y aconsejó a la Fiscalía del Estado que considerara alternativas”.

Fuente: WAFA